El juez Mariano Díaz Villasuso determinó la responsabilidad del Estado por la «falta de servicio» en un centro asistencial público. El error fue descubierto 46 años después tras análisis de ADN y la intervención de la Conadi.
En una resolución judicial sin precedentes, el juez en lo Civil y Comercial de 35° Nominación de Córdoba, Mariano Díaz Villasuso, condenó a la Provincia a pagar indemnizaciones de entre 25 y 30 millones de pesos (más intereses) a tres mujeres tras probarse el intercambio de dos recién nacidas en una maternidad provincial en 1977. La sentencia beneficia a las dos mujeres intercambiadas y a la madre de crianza de una de ellas. El caso se descubrió 46 años después a partir de una investigación iniciada ante la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi) y ratificada mediante estudios genéticos del Banco Nacional de Datos Genéticos.
El magistrado fundamentó la condena bajo el principio de responsabilidad objetiva del Estado por «falta de servicio», remarcando que la correcta identificación y entrega de recién nacidos constituye una «obligación de resultado» para los hospitales públicos. El fallo descartó categóricamente cualquier vinculación con el accionar de la última dictadura cívico-militar al no hallarse coincidencias con personas desaparecidas. La resolución destacó el grave daño moral e identidad ocasionado a las víctimas, un impacto que se agrava de manera irreparable dado que tres de los padres biológicos involucrados ya fallecieron.

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