El procedimiento se ejecutó bajo la estricta ampliación normativa sancionada en 2024 para pacientes pediátricos con enfermedades terminales y sufrimiento insoportable. La comisión de evaluación médica avaló el accionar profesional y giró las actuaciones a la Justicia para el dictamen penal definitivo.
El Ministerio de Salud de los Países Bajos confirmó la realización del primer procedimiento de eutanasia aplicado a un menor de edad de entre 1 y 12 años desde la puesta en vigencia de la reforma legal que habilitó la muerte asistida para dicha franja etaria. La titular de la cartera sanitaria, Sophie Hermans, notificó formalmente la novedad ante el Parlamento neerlandés tras recibir las conclusiones de la comisión especial de control que analizó los pormenores médicos y técnicos del expediente. Los datos precisos sobre la edad del paciente y la patología de base se mantuvieron bajo estricta reserva confidencial.
El caso ingresó para su tratamiento administrativo a finales de 2024 y demandó un pormenorizado proceso de auditoría que incluyó la revisión total de las historias clínicas y la interpelación del equipo médico responsable. Tras constatar el cumplimiento de los estándares médicos, el organismo fiscalizador remitió el dictamen a los despachos del Ministerio Público Fiscal. La Justicia ordinaria deberá ahora ratificar si los profesionales a cargo encuadraron su proceder estrictamente dentro de las exigencias dispuestas por la ley o si amerita algún tipo de sanción legal.
La legislación en cuestión, operativa desde febrero de 2024, estipula que la terminación de la vida en niños de 1 a 12 años solo puede autorizarse cuando se acredita de forma fehaciente una fase terminal de la enfermedad, sufrimiento físico o psíquico intolerable, ausencia absoluta de perspectivas de mejoría y el consentimiento explícito y unánime de los padres. El marco regulatorio se diseñó para cubrir un vacío legal que previamente solo contemplaba las intervenciones en recién nacidos de hasta un año y en menores que ya hubieran cumplido los 12 años. Al momento de su diseño, las proyecciones sanitarias estimaban que las solicitudes de este tipo no superarían los cinco casos anuales, vinculados en su mayoría a anomalías congénitas de gravedad o fallas metabólicas severas.
El informe oficial detalló además que, durante el período 2025, la misma comisión debió auditar tres procedimientos de interrupción tardía del embarazo motivados por diagnósticos de daños cerebrales irreversibles a causa de infecciones por citomegalovirus. La normativa neerlandesa mantiene estas prácticas técnicamente dentro del Código Penal, pero exime de responsabilidad y punibilidad a los profesionales médicos siempre y cuando la junta evaluadora independiente dictamine que se actuó con la debida diligencia y respeto por los protocolos vigentes.

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