La Cámara Contencioso Administrativa de Primera Nominación dio luz verde al reclamo colectivo de los vecinos de los barrios Alejandro Centeno y Los Ángeles contra el local nocturno «Unplugged». La demanda apunta a la Municipalidad de Córdoba por habilitar el establecimiento sin exigir los estudios de impacto ambiental indispensables para garantizar el descanso de la comunidad.
El histórico conflicto entre la actividad nocturna y el derecho al descanso de los residentes residenciales sumó un capítulo definitorio en los tribunales de la capital provincial. La Cámara Contencioso Administrativa de Primera Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió admitir formalmente una acción de amparo colectivo presentada por las autoridades del centro vecinal que nuclea a los barrios Alejandro Centeno y Los Ángeles. En una decisión de fuerte peso institucional, el tribunal ordenó recategorizar la causa bajo la figura específica de amparo ambiental, otorgándole un marco de protección jurídica especializado para evaluar los daños derivados de la contaminación acústica.
La demanda judicial, impulsada por las autoridades vecinales Noelia Analía Papalini y Mariela Carolina Conte, apunta de manera directa contra la empresa Desenchufados S.R.L., firma propietaria del boliche «Unplugged», y contra la propia Municipalidad de Córdoba. El eje central del reclamo radica en lo que los vecinos consideran una grave omisión administrativa por parte del Palacio 6 de Julio, al cual acusan de haber otorgado habilitaciones comerciales al establecimiento bailable sin haber exigido de forma previa el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental (EIA), un requisito ineludible para este tipo de emprendimientos de alta concurrencia.
Los damnificados argumentan que los niveles de ruido emanados durante los fines de semana vulneran derechos constitucionales básicos consagrados en los artículos 41 y 43 de la Carta Magna, los cuales garantizan el acceso a un ambiente sano y equilibrado. En su presentación, la comunidad del sector norte le solicita a la Justicia que obligue al municipio a fiscalizar de manera efectiva el lugar y a abstenerse de emitir autorizaciones provisorias o condicionadas. Asimismo, el amparo exige la implementación de un Plan Integral de Gestión Ambiental Urbana con participación comunitaria y el desarrollo de infraestructura cloacal adecuada para absorber el flujo de personas que moviliza el comercio nocturno.
Desde el Poder Judicial de Córdoba remarcaron que la admisión formal de la causa busca dotar de transparencia y previsibilidad a un proceso de alta sensibilidad social. El expediente quedó caratulado oficialmente como un amparo ambiental y será seguido bajo los nuevos estándares técnicos promovidos por el Tribunal Superior de Justicia, que incluyen la intervención de cuerpos de peritos especializados. Mientras se abre la etapa de recolección de pruebas de sonido y ambientales, el caso ya funciona como un fuerte precedente para otros barrios de la ciudad que padecen las consecuencias del descontrol en el esparcimiento nocturno.

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